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La Mesa de Contratación considera no acreditada la solvencia técnica de Espectáculos Carmelo

23 de Junio | 13:47
Redacción
La Mesa de Contratación considera no acreditada la solvencia técnica de Espectáculos Carmelo
La Empresa taurina ha presentado documentación basada en espectáculos taurinos que aún no se han celebrado por lo que la mesa de contratación establece que “no se pueden acreditar espectáculos a futuro”

Esta mañana se ha celebrado mesa de contratación para la adjudicación de la explotación de la plaza de toros, una vez han agotados los plazos de para la acreditación de la solvencia financiera y técnica. La mesa de contratación ha evaluado la documentación presentada por espectáculos Carmelo y ha establecido que “si bien puede acreditar solvencia financiera, ya que el volumen de negocio supera lo establecido en el art.13 del pliego de condiciones, no queda acreditada la solvencia técnica al no poder presentar documentación relativa a la gestión de espectáculos taurinos o gestión de plazas de toros de primera y/o segunda categoría”. En este sentido según se han explicado en la Mesa de contratación la documentación presentada por la empresa taurina se refiere a la celebración de espectáculo taurino del martes mayor en Plasencia en 2020 y a una serie de espectáculos taurinos que todavía no se han celebrado; por lo que la mesa establece que “no se pueden acreditar los espectáculos a futuro” y que la empresa taurina referida no puede acreditar solvencia técnica “ni en el momento en el que se inició la contratación en 2019 ni en el momento actual”.

Así la Mesa de Contratación, resuelve excluir a Carmelo García y adjudicar el contrato al siguiente mejor licitador, que en este caso es la empresa CEBERTAURO, cuya documentación ya ha sido revisada, por lo que se solicita la fiscalización de intervención para el visto bueno de la subvención establecida en el pliego de condiciones. Una vez realizados los trámites administrativos la Junta de Gobierno podrá ratificar la adjudicación y los interesados tendrán un plazo de 15 días hábiles para presentar recurso.


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