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Extremadura destina casi 950.000 euros en ayudas para financiar la dotación de libros de texto a centros concertados

27 de Junio | 18:55
Redacción
Extremadura destina casi 950.000 euros en ayudas para financiar la dotación de libros de texto a centros concertados
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha autorizado la convocatoria de las ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto a los centros privados concertados que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso escolar 2017/2018, que contarán con una dotación económica de 949.612 euros.

La medida beneficiará a 12.200 alumnos que son los que en la región "libremente" sus padres deciden que reciban clases en centros privados concertados, ha apuntado en rueda de prensa tras la reunión del Ejecutivo regional la portavoz de la Junta, Isabel Gil Rosiña, quien ha defendido la "apuesta" del actual Gobierno autonómico "incontestable" por "garantizar la educación".

Con esta medida, además, según ha explicado, la Administración autonómica pretende crear un banco de libros para conseguir la "gratuidad total" de los mismos; así como favorecer que los alumnos "aprendan a cuidar el material que servirán en ese banco de libros de texto para alumnos del curso siguiente".

Sobre este respecto, ha recordado que mientras que el anterior Ejecutivo regional del PP dedicó 10 millones de euros para la dotación de libros de texto entre 2012 y 2015, ahora el Gobierno autonómico del socialista Guillermo Fernández Vara en dos años ha destinado a dicha materia 15,7 millones de euros "para garantizar la igualdad de condiciones en aquello más importante a cuidar en el futuro, que es la educación y una educación de calidad en Extremadura".

BENEFICIARIOS

En concreto, las cuantías máximas a librar a cada centro educativo por el concepto de libros de texto se calcularán teniendo en cuenta el número total de alumnos becarios del centro. La cuantía establecida por alumno becario será de 120 euros para Educación Primaria y de 150 euros para Educación Secundaria Obligatoria.

Asimismo, de acuerdo con la orden de convocatoria, los fondos públicos que reciban los centros educativos serán gestionados por los consejos escolares y se destinarán, exclusivamente, a la adquisición de libros de texto.

Los alumnos becarios dispondrán de forma gratuita, en concepto de préstamo, de los libros de texto seleccionados por el centro para los estudios que estén cursando, y se devolverán al centro al finalizar el curso escolar o en caso de traslado de algún alumno.

Por otra parte, los centros educativos se responsabilizarán del cuidado y custodia de los libros adquiridos, así como de la gestión de la devolución, y los tendrán a disposición del alumnado para cursos posteriores.

Para la selección de los alumnos becarios, los consejos escolares deberán tener en cuenta la pertenencia a familias que tengan la condición legal de "numerosa" y la pertenencia a familias cuya renta no supere los umbrales computables máximos que se fijan, en función del número de miembros de la familia, en la orden de convocatoria.

MODIFICACIÓN DEL DECRETO

De forma previa a la aprobación de la convocatoria de ayudas, el Consejo de Gobierno autonómico de este martes ha aprobado la modificación del decreto 158/2012, de 3 de agosto por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto a los centros privados concertados que impartan Enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial.

Esta modificación se lleva a cabo con el objetivo de aplicar el contenido del artículo 21 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que podrán realizarse pagos a cuenta o anticipados si se prevé tal posibilidad y, en su caso, el régimen o exención de garantías.

Por otra parte se procede a adaptar el texto del decreto a la normativa recientemente regulada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el sentido de que los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier administración siempre que hayan expresado su consentimiento a que éstos sean consultados o recabados.



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